¿Qué es el Ciberbullying?
El ciberbullying es el uso de los medios telemáticos (Internet, telefonía móvil y videojuegos online principalmente) para ejercer el acoso psicológico entre iguales. No se trata aquí el acoso o abuso de índole estrictamente sexual ni los casos en los que personas adultas intervienen.
Ciber acoso entre chicas por medio de bluetooth
Tres menores de Benamocarra (Málaga) fueron condenadas a dos años de vigilancia y seis fines de semana sin salir de su domicilio por acosar a una compañera de instituto. Las tres menores ya habían sido expulsadas del colegio durante un mes por pegar y grabar con el móvil a la adolescente, que en aquel momento tenía 13 años. El vídeo de la agresión fue distribuido vía ‘bluetooth’ entre los chavales del pueblo. La familia de la víctima denunció que el acoso que sufría la menor le causaba trastornos en la alimentación y problemas para dormir. La jueza de Menores encargada del caso consideró a las adolescentes autoras de faltas de lesiones, y un delito contra la integridad moral. Además, a una de ellas se le añade un delito de revelación de secretos.
viernes, 13 de septiembre de 2013
Tuyo, mío, nuestro común.
Como usar lo que está en internet
1) Establece
la diferencia entre gratuito y de uso libre
2) ¿Por
qué no puedo usar libremente lo que está en internet? Explica el concepto de
propiedad intelectual
3) ¿Que
son los derechos de autor, morales y patrimoniales?
4) ¿Cómo
se puede hacer respetar la propiedad intelectual?
5) ¿Cuáles
son las combinaciones que producen las licencia creative commons?
6) ¿Cómo
puedo obtenerlas?
7) ¿Dónde
encontrar contenidos creative commons?
Respuestas:
1) Posiblemente el motivo del error se encuentre
en la confusión entre gratuito y de uso libre: los contenidos disponibles en
Internet son mayoritariamente gratuitos, pero eso no quiere decir que se puedan
utilizar libremente para cualquier fin.
2) Si
algo es de mi propiedad es porque no es propiedad de otros: si yo tengo un
campo es porque no lo tienen otros, si le pongo un vallado impido que otros
puedan entrar en él, si se lo cedo a otros deja de ser de mi propiedad, Sin
embargo, si hablamos de un producto intelectual estamos refiriéndonos a algo
inmaterial.
3) Derechos del Autor: Conjunto de derechos que
protegen al autor de una obra original y a otra serie de personas o entidades
conexas, tales como intérpretes, ejecutantes, productoras o radiodifusoras.
Según la legislación actual, tienen una duración de 70 años a partir del
fallecimiento del autor.
Derechos morales:
Los titulares de los mismos son el autor o autora y sus herederos y no son
transmisibles a terceras personas. Como podemos comprobar en la descripción que
se ofrece a continuación, no son derechos que tengan que ver con la generación
de beneficios económicos.
Derechos patrimoniales: En este grupo se incluyen aquellos derechos relacionados con la obtención de beneficios a partir de la obra intelectual. Aunque podrían estar en poder del autor, lo habitual es que los detenten terceras personas, porque en este caso, a diferencia de los derechos morales, sí son transmisibles.
Derechos patrimoniales: En este grupo se incluyen aquellos derechos relacionados con la obtención de beneficios a partir de la obra intelectual. Aunque podrían estar en poder del autor, lo habitual es que los detenten terceras personas, porque en este caso, a diferencia de los derechos morales, sí son transmisibles.
4) La
primera solución es solicitar el permiso a los autores para utilizar sus obras.
La segunda solución pasa porque sepamos que hay muchas obras de todo tipo que
podemos utilizar sin pedir permiso porque ¡el permiso ya está concedido! Se
trata de obras cuyos autores han considerado que es bueno compartirlas con los
demás y permitirles que las reutilicen.
5) Las
licencias Creative Commons se basan en la combinación entre las siguientes
condiciones:
Atribución (Attribution): En cualquier explotación de la obra autorizada por la licencia será necesario reconocer la autoría (obligatoria en todos los casos).
No Comercial (Non commercial): La explotación de la obra queda limitada a usos no comerciales.
Sin obras derivadas (No Derivate Works): La autorización para explotar la obra no incluye la posibilidad de crear una obra derivada.
Compartir Igual (Share alike): La explotación autorizada incluye la creación de obras derivadas siempre que mantengan la misma licencia al ser divulgadas.
Atribución (Attribution): En cualquier explotación de la obra autorizada por la licencia será necesario reconocer la autoría (obligatoria en todos los casos).
No Comercial (Non commercial): La explotación de la obra queda limitada a usos no comerciales.
Sin obras derivadas (No Derivate Works): La autorización para explotar la obra no incluye la posibilidad de crear una obra derivada.
Compartir Igual (Share alike): La explotación autorizada incluye la creación de obras derivadas siempre que mantengan la misma licencia al ser divulgadas.
6) Las
licencias son textos legales en los que cualquier autor puede permitir
determinados usos de su obra bajo ciertas condiciones y requerimientos. Esta
autorización se concede a priori y si se quiere hacer algún uso no expresamente
autorizado, entonces habrá que pedirlo. Es una alternativa a “todos los
derechos reservados”
Pero no ahí que olvidarse una condición
importantísima: estas obteniendo gratuitamente recursos que han elaborado otros
y tenes la obligación de respetar los términos de la licencia, esto es, citar
siempre al autor y respetar las otras condiciones que haya establecido sobre la
modificación o la forma de compartir las obras derivadas. Ejemplo: Conseguir música libre: http://www.jamendo.com , http://www.Opsoundorg.org , http://www.soundbible.com .
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